viernes, 31 de agosto de 2012

ENFERMEDADES PROFESIONALES


ENFERMEDADES PROFESIONALES

Las enfermedades que afectan a los trabajadores son de dos tipos: enfermedad común y las enfermedades asociadas a la actividad del trabajo o al medio laboral. La segunda se refiere a aquella que hace referencia a todo estado patológico  permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, y que haya sido determinada como enfermedad profesional por el gobierno nacional. (Art. 11, capítulo II, Decreto 1295, ley 100).

El gobierno nacional, oído del Consejo del Consejo Nacional de Riesgos Profesionales, determinará en forma periódica, las enfermedades que se consideran como profesionales.

Las características más sobresalientes de la enfermedad profesional:

·         Producida por un agente específico con relación directamente la alteración y oficio.

·         Haberse dado un tiempo de exposición.

·         Aparición crónica.

·         En la mayoría de los casos es previsible.

·         Ejercicio de una profesión, oficio o trabajo determinado.

·         Alteración del estado normal de salud.

·         Incapacidad gradual causada por la actividad laboral.

 

Los parámetros para establecer el diagnóstico de la enfermedad profesional se realiza mediante los siguientes criterios:

 

·         Evidencia de la enfermedad: Es necesario demostrar la alteración normal del estado de salud por medio de una evaluación clínica.

·         Certeza de la exposición al riesgo: se debe identificar las sustancias presentes en su lugar de trabajo y las condiciones ambientales.

·         Datos epidemiológicos: Mediante la correlación y conocimiento de las relaciones causa-efecto de factores de riesgo estudiados se puede facilitar el diagnóstico. 

                                        

 

 

 

BIBLIOGRAFÍA
ÁLVAREZ, FRANCISCO; SALUD OCUPACIONAL; Ecoe Ediciones; 2006

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